Hoy se ha publicado la Ley 29873, mediante la cual se modifican algunos artículos de la Ley de Contrataciones del Estado. No he tenido tiempo de revisarlo a profundidad, pero he visto algunos cambios que podrían ser buenos y otros que podrían generar problemas. Más adelante tomaré más tiempo y analizaremos los cambios que se han instaurado. Por lo pronto, lo más relevante es que las observaciones elevadas las resolverá el OSCE y el Tribunal resolvería apelaciones de Licitaciones, Concursos y Adjudicaciones Directas Públicas, así como Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de desiertos de los mencionados procesos, al menos así debería entenderse en este último supuesto.
CIM
No hay comentarios:
Publicar un comentario