Datos personales

Abogado egresado de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Especialista en contratación pública. Asistente de Vocal en el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones y abogado de la Gerencia Técnico Normativo (GTN) del CONSUCODE (ahora denominado OSCE). Abogado de la Oficina Jurídica y Jefe del Área de Procesos Públicos del Ministerio de Educación.

domingo, 11 de junio de 2017

CUANDO NO SE RECONOCEN LOS ERRORES

El otro día me invitaron a dictar un par de clases en una Entidad Pública y me quedé sorprendido por la capacidad de los auditores de no reconocer sus errores o responsabilidades. Me explico un poco. En el auditorio estaban logísticos, usuarios, auditores y procuradores. Éstos últimos mencionaron que los procesos judiciales iniciados a los funcionarios son declarados infundados o improcedentes puesto que los informes de control, a entendimiento del juez, no tenían sustento o estaban mal formulados; pero ellos no podían hacer otra cosa más que demandar o formalizar las denuncias debido a que según la normativa, este tipo de documentos se constituyen como prueba pre constituida.

Los auditores se defendieron argumentando que ellos no encuentran responsabilidades y tampoco sancionan, sólo dan indicios de irregularidades, y que en todo caso, las demandas o denuncias que el procurador haga no necesariamente deberían basarse en el contenido del informe sino que podían encontrar otras conductas irregulares. Al momento de escuchar ese “argumento” comprendí que no valía la pena discutir con esas personas porque más que un fundamento de defensa a su trabajo me pareció una justificación de lo paupérrimo de los resultados, tratando de responsabilizar al abogado del Estado por no buscar cosas nuevas para alimentar la demanda.


Puede que yo esté equivocado pero la verdad no me pareció correcto que argumenten que el resultado negativo no es culpa de quien inicia las acciones para recurrir al Poder Judicial (sea civil o penal), sino que es culpa de otros que no buscaron más elementos para coadyuvar a la demanda. Si eso fuera así, la pregunta se cae de madura: ¿Para qué hacen un informe? Más aún ¿por qué le otorgan la calidad de prueba pre constituida? Con ese tipo de argumentaciones podemos comprender porque los servidores y funcionarios son tan temerosos de adoptar decisiones, sobre todo en temas de contratación pública.

Saludos

CIM.