Datos personales

Abogado egresado de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Especialista en contratación pública. Asistente de Vocal en el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones y abogado de la Gerencia Técnico Normativo (GTN) del CONSUCODE (ahora denominado OSCE). Abogado de la Oficina Jurídica y Jefe del Área de Procesos Públicos del Ministerio de Educación.

lunes, 22 de febrero de 2010

LOS PORTATROPAS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR



Una noticia ha remecido, nuevamente, el ámbito de la contratación pública. La adquisición de los portatropas, según una denuncia periodística, está plagada de irregularidades debido a que esos bienes estarían, primero, sobrevalorados, y segundo, no cumplirían con ser vehículos fabricados en el año 2009 pues estarían conformados por un lote que el propio Perú rechazó en el 2007. Sin perjuicio de la gravedad de los hechos, si se confirmase la información, quiero compartir con ustedes lo que el Viceministro de Gestión Institucional Samuel Torres señaló el domingo en el programa CUARTO PODER.

En dicho programa el Viceministro Samuel Torres declaró que las bases solicitaron que los vehículos fueran fabricados en el año 2009 y que la empresa se había comprometido a entregar vehículos de fabricación de dicho año y que todo ello estaba documentalmente acreditado en el expediente.

Sobre el particular, hay que preguntarse si las declaraciones juradas que las bases exigen, sobre la base del Principio de Presunción de Veracidad, están cumpliendo su función de levantar las trabas para la contratación pública. Si las declaraciones juradas están permitiendo que se mienta en los procesos de selección, entonces no vale la pena mantener esta facilidad pues el costo es demasiado alto para el Estado Peruano.

No existe un estudio económico serio para instaurar el Principio de Veracidad en los procesos de contratación. Es posible que pueda ser aplicado a otros procedimientos administrativos, pero estoy convencido que no es eficiente en la contratación pública. Si la cultura peruana fuese de decir siempre la verdad entonces es evidente que presumir la veracidad de las declaraciones está plenamente justificada, pues, como puede advertirse, encontrar un documento falso o una declaración jurada falsa sería la excepción a la regla; pero, si la cultura peruana es decir constantemente mentiras, solo a un desadaptado puede ocurrírsele instaurar un principio como este, pues es evidente que se le abre una puerta a los proveedores maliciosos que permiten institucionalizar la mentira como elemento trascendente para obtener las buenas pro en los procesos de selección.

Personalmente no estoy de acuerdo con aplicar la Presunción de Veracidad en la contratación pública pues la realidad de nuestro país es la del criollo, la del vivo que siempre quiere sacar provecho de cuanto puede; y si eso implica mentir para ganar un contrato con el Estado, estoy seguro lo hará.

A fin de analizar si mantenemos este principio que inicialmente fue pensado para aligerar los trámites burocráticos, debemos saber y conocer si las estadísticas le son favorables y que la presentación de documentación falsa, como supuesto de imposición de sanción, tiene una incidencia porcentual baja respecto del universo de este tipo de procedimientos administrativos; lo cual estimo que no será así.

Saludos cordiales y positivos.

Carlos Luis Ireijo Mitsuta.

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