Datos personales

Abogado egresado de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Especialista en contratación pública. Asistente de Vocal en el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones y abogado de la Gerencia Técnico Normativo (GTN) del CONSUCODE (ahora denominado OSCE). Abogado de la Oficina Jurídica y Jefe del Área de Procesos Públicos del Ministerio de Educación.

martes, 30 de abril de 2013

¿LOS MONTOS REDUCIDOS INCENTIVAN UN ARBITRAJE?


Estuve leyendo la Resolución 751-2013-TC-S3, mediante se impone una sanción de inhabilitación  por incumplir con sus obligaciones. Comparto la idea de que, en este supuesto, el contratista debió ser sancionado, ya que los hechos indicarían que, efectivamente, no cumplió con la prestación. No obstante, hay un considerando que me llamó la atención, pues se señaló que la resolución de la orden de compra no había sido cuestionada – en la vía arbitral – por tanto se consintió la decisión. Posteriormente, en otro considerando precisan que el monto de la Orden de Compra fue de S/. 11,900.00 (Once mil novecientos con 00/100 Nuevos Soles); con lo que allí me pregunté si por ese monto valdría la pena ir a un arbitraje.

No cuestiono la decisión, sino la realidad de las cosas, si dejar pasar una resolución ilegal, irregular, o abusiva es más conveniente, en costo beneficio, que cuestionarla, la razón te indica que no la cuestiones, salvo que ya se trate de un tema de reputación.

Visto así, me pregunto cuánto gastaría en un arbitraje. Pues a ver, primero, que es lo más seguro, debería invertir (yo diría que es gasto) en una conciliación, para ver si puedo arreglar en inconveniente, claro que es una utopía pensar que las Entidades concilian. De mi experiencia, una conciliación costaría entre cien o doscientos soles. Debo gastar también en abogado, básico cuando quieres luchar por algo. El abogado podría cobrarte por hora invertida en la elaboración del escrito de conciliación y su asistencia a la audiencia o por un paquete, que no va a ser barato. Como la Entidad no va a la primera audiencia se programa una segunda, así que más gasto en abogado y tu tiempo.

Después de la frustrada conciliación tienes que ir a un arbitraje, hacer una solicitud, más gasto de abogado. Si no se ponen de acuerdo con los árbitros hay que pagar para que el OSCE (cuando es ad hoc) designe porque la Entidad no va a pagar: pagar a los árbitros y la secretaría arbitral el íntegro porque la Entidad no lo va a pagar, esperar un tiempo largo porque no interesa la cuantía y/o complejidad, todo depende de los árbitros. Al final terminas gastando más de lo que reclamas; y anda a sufrir para que la Entidad te reponga lo que pagaste (en los árbitros, secretaría, abogados, etc.), fácil que para eso tienes que irte el Poder Judicial, y si pretendes que te paguen los intereses legales, otro sufrimiento.

Con esta historia, no creo que sea tan “fácil” señalar que el contratista tiene el derecho de cuestionar una actuación porque en la realidad de los hechos no es tan fácil, sino que es todo lo contrario, es un verdadero abuso. Repito, no estoy defendiendo al proveedor, sólo hago análisis costo beneficio de lo que se plantea porque un arbitraje, en las condiciones de nuestro sistema, puede ser mejor que recurrir al Poder Judicial, pero también es un suplicio total, es más, cuando la cuantía resulta reducida, es nada eficiente.

Alguna vez se debatió la idea de crear tribunales permanentes para este tipo de casos (montos pequeños) porque este hecho no es desconocido, sino que está presente, lamentablemente aquí siempre se posponen los temas y nos dedicamos a fumar marihuana para poner cosas teóricas que no tienen un correlativo real.

Saludos.

CIM

No hay comentarios: